Ayuda a domicilio para mayores: quién la da, horas, precio y cómo pedirla
Cómo funciona la ayuda a domicilio pública en España en 2026, con o sin grado de dependencia, cuántas horas da cada grado, cuánto se paga y cuánto se espera.
Redacción
Lo esencial en 30 segundos
- Qué es
- Un servicio público que manda a casa a una profesional formada para ayudar con el cuidado personal y, junto a eso, con las tareas del hogar.
- Dónde se pide
- En los servicios sociales del ayuntamiento donde está empadronado tu familiar, tenga o no grado de dependencia.
- Horas con grado
- Por ley, de 20 a 37 horas al mes con grado I, 38 a 64 con grado II y 65 a 94 con grado III. Cada comunidad puede dar más.
- Precio
- Lo fija cada comunidad o ayuntamiento según los ingresos. Con grado, la vivienda no cuenta y nadie se queda fuera por no poder pagar.
Normas, precios y datos vigentes el 25 de octubre de 2026. La reforma de la ley de dependencia entró en vigor el 23 de octubre de 2026 y las comunidades tienen que adaptar parte de sus reglas.
1. Qué hace la ayuda a domicilio
La ayuda a domicilio es el servicio público pensado para que una persona mayor pueda seguir en su casa cuando ya no se apaña sola. Desde la reforma de octubre de 2026, la ley dice que se presta en casa y también en el entorno cercano, por ejemplo para acompañarla a hacer un recado, y que quien la da necesita formación especializada.
Cubre dos tipos de ayuda:
- Cuidado personal: asearse, vestirse, comer, levantarse o moverse por la casa.
- Tareas del hogar: limpiar, lavar la ropa o cocinar.
Con grado de dependencia, las tareas del hogar van siempre junto al cuidado personal. Solo se dan por separado si el PIA, el plan que fija los servicios de tu familiar, lo justifica.
Las normas autonómicas y municipales que hemos revisado dejan fuera las tareas sanitarias. Castilla y León, por ejemplo, excluye expresamente poner inyecciones o colocar y quitar sondas.
2. Con grado o sin él: dos puertas al mismo servicio
Hay dos maneras de conseguirla, y las dos empiezan en los servicios sociales del ayuntamiento.
- Con grado de dependencia. La ayuda a domicilio se reconoce en el PIA y es un derecho. Las horas siguen la tabla estatal y la organiza la comunidad autónoma, aunque en la mayoría la presta el ayuntamiento.
- Sin grado. Los servicios sociales valoran la situación de tu familiar con un baremo y deciden si le corresponde. No suele ser un derecho garantizado: si no hay presupuesto para todos, se ordena a los solicitantes por puntos y puede haber lista de espera, como prevé Castilla y León. También suele dar menos horas.
Sin grado, las horas cambian mucho de un sitio a otro. En Castilla y León llegan hasta 11 al mes, y excepcionalmente a las de un grado I. En el País Vasco, quien está en riesgo de dependencia recibe como máximo el mínimo del grado I, es decir, 20 horas al mes.
Si los servicios sociales ven que tu familiar puede tener dependencia, lo normal es que te pidan solicitar el grado a la vez. En Bilbao es un requisito para entrar en el servicio.
Guía completa: grados de dependencia y qué da cada uno
3. Cuántas horas da cada grado
Desde julio de 2023, la norma estatal fija un mínimo y un máximo de horas al mes para cada grado. Las comunidades pueden dar más.
| Grado | Horas al mes por ley | Media real en España |
|---|---|---|
| Grado III (gran dependencia) | 65 a 94 | 66 horas |
| Grado II (dependencia severa) | 38 a 64 | 44 horas |
| Grado I (dependencia moderada) | 20 a 37 | 20 horas |
La media real queda cerca del mínimo, y en algunas comunidades por debajo. Influyen dos cosas: quien ya tenía la ayuda antes de julio de 2023 conserva sus horas salvo que pida cambiarlas, y quien la combina con otro servicio, como un centro de día, recibe menos.
Las diferencias entre comunidades son grandes. Con grado III, la media es de 73 horas al mes en Castilla y León, 59 en la Comunitat Valenciana, 57 en la Comunidad de Madrid, 37 en Castilla-La Mancha, 33 en Cataluña y 32 en el País Vasco.
4. Quién la da y cuánto cuesta en cada comunidad
Casi siempre la presta el ayuntamiento, pero las reglas del precio cambian por comunidad e incluso por ciudad. Estas son las que hemos comprobado en las fuentes oficiales.
| Comunidad | Quién la da | Lo que se paga |
|---|---|---|
| Comunidad de Madrid | En la capital, el Ayuntamiento de Madrid. En el resto, con grado, la Comunidad. | Fuera de la capital, 1,39 € la hora y nada hasta 600 € al mes de capacidad económica. En la capital, de 0 a 7,31 € la hora según la renta. |
| Cataluña | Los servicios sociales básicos del municipio, del distrito o del consejo comarcal. | En Barcelona, la hora cuesta 16,24 € en atención personal y 13,83 € en limpieza. Se paga una parte según los ingresos, nunca más del 65 % del coste. |
| Comunitat Valenciana | El ayuntamiento, siguiendo lo que fija el PIA. | En la ciudad de València no se paga: en 2025 el Ayuntamiento derogó el precio público para que fuera gratuita para todos sus usuarios. En otros municipios, según su ordenanza. |
| Castilla y León | Los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y, en el resto, la diputación provincial, a través de los CEAS. | Cada entidad local fija su precio. La Junta marca la aportación máxima en los servicios que cofinancia. |
| Castilla-La Mancha | Los servicios sociales de atención primaria del ayuntamiento, con convenio con la Junta. | La Junta toma como referencia 13,55 € la hora de lunes a sábado y 17,99 € en domingos y festivos. Lo que paga cada usuario lo fija la ordenanza municipal. |
| País Vasco | El ayuntamiento, a través del servicio social de base. | Bilbao cobra del 3 % al 90 % de 33,77 € la hora en días laborables, según los ingresos. Vitoria-Gasteiz, de 0,25 a 5,58 € la hora. Donostia, de 0,25 a 14 € la hora. |
En Bilbao, además, lo que se paga en un mes nunca pasa del 20 % de los ingresos mensuales, sumada una parte del patrimonio.
Si tu familiar vive en otra comunidad, pregunta en los servicios sociales de su ayuntamiento: allí te dirán qué ordenanza se aplica y cuánto se paga.
Guía completa: ayuda a domicilio en la Comunidad de Madrid
5. Cómo se calcula lo que pagas
A lo que paga el usuario se le llama copago. Para la ayuda a domicilio con grado, la reforma de octubre de 2026 deja claro que lo regula cada comunidad, pero con unas reglas comunes para todas:
- La vivienda habitual no cuenta para calcular la capacidad económica, en ningún servicio.
- Tiene que haber un mínimo exento: por debajo de cierta capacidad económica no se paga.
- Los umbrales se actualizan cada año con el coste de la vida.
- El precio no puede ser tan alto que disuada de usar el servicio.
- Nadie se queda sin atención por no tener dinero para pagarla.
En la práctica, las fórmulas que hemos revisado miran los ingresos de tu familiar y una parte de sus ahorros, y algunas restan gastos como el alquiler. Por eso dos vecinos con las mismas horas pueden pagar precios muy distintos.
6. Cómo pedirla paso a paso
- Pide cita en los servicios sociales del ayuntamiento. Es el del municipio donde está empadronado tu familiar. Según la comunidad se llaman CEAS, servicio social de base o servicios sociales de atención primaria.
- Cuenta qué necesita en casa. La trabajadora social te pregunta por su autonomía, con quién vive y sus ingresos, y suele hacer una visita al domicilio.
- Si puede tener dependencia, solicita el grado a la vez. Cuando os pregunten por las preferencias, marca la ayuda a domicilio. Así entra en el PIA como derecho.
- Reúne los papeles. Lo habitual es el DNI, un informe de salud, los datos de ingresos de la casa, como la última declaración de la renta, y una cuenta bancaria para domiciliar el pago. Muchas administraciones consultan parte de estos datos si lo autorizas.
- Espera la resolución. La ley fija un máximo de seis meses desde la solicitud hasta la resolución de la prestación. Si es urgente, pídelo: la ley prevé tramitar antes los casos de especial vulnerabilidad.
Guía completa: cómo solicitar la dependencia en Madrid
7. Cuánto se tarda de verdad
La ley pone un límite de seis meses, pero la media española está muy por encima. Estos son los días que pasaron, de media, entre la solicitud de la dependencia y la resolución de la prestación en el último año:
| Comunidad | Días de media |
|---|---|
| Castilla y León | 120 días |
| País Vasco | 130 días |
| Castilla-La Mancha | 166 días |
| Cataluña | 261 días |
| Comunitat Valenciana | 297 días |
| Comunidad de Madrid | 327 días |
| Media de España | 293 días |
Mientras tanto, pregunta si el ayuntamiento puede empezar con su ayuda a domicilio sin grado, o con un alta provisional si la situación es urgente. Con grado II o III, si el servicio del PIA no está disponible, la ley obliga a dar mientras tanto otro servicio o una ayuda económica.
Guía completa: la prestación vinculada al servicio
8. Con qué se puede sumar
- Teleasistencia: siempre. Desde el 23 de octubre de 2026 es un derecho en cualquier grado, además del resto de servicios.
- Centro de día: varias comunidades lo permiten con menos horas en casa. En Castilla-La Mancha, como mucho 46 horas al mes con grado III, 22 con grado II y 13 con grado I.
- Ayuda por cuidados en la familia: algunas comunidades la suman a unas pocas horas. Castilla y León permite hasta 11 horas al mes con grado III, 8 con grado II y 4 con grado I. Castilla-La Mancha, hasta 22 con grado III y 12 con grado II, y entonces la ayuda económica es como mucho el 75 % de la que correspondería.
La reforma de 2026 obliga a las comunidades a hacer compatibles todas las ayudas para vivir en casa antes del 1 de enero de 2030. Hasta entonces siguen valiendo las reglas de cada comunidad, así que confírmalo en los servicios sociales.
Guía completa: teleasistencia para mayores9. Si además contratas a una cuidadora
Cuando las horas públicas no llegan, muchas familias contratan a una persona directamente. Entonces la familia es la empleadora y tiene que darla de alta en la Seguridad Social, en el Sistema Especial de Empleados de Hogar, antes de que empiece a trabajar, aunque sean pocas horas al mes.
- Sueldo mínimo por horas en 2026: 9,55 € por hora trabajada, con todo incluido, para quien trabaja por horas sin vivir en la casa.
- Cotización: la familia paga el 23,60 % de la base por contingencias comunes, el 5,50 % por desempleo en un contrato indefinido, el 0,20 % al Fogasa y el 0,75 % del mecanismo de equidad, además de la cuota por accidentes de trabajo.
- Rebajas vigentes: un 20 % menos en la cuota de contingencias comunes de la familia y un 80 % menos en la de desempleo y Fogasa.
- Jornada y descansos: como mucho 40 horas semanales de trabajo efectivo. Las horas de presencia, si se pactan, no pasan de 20 a la semana de media y se pagan al menos como las ordinarias, salvo que se compensen con descanso. Hay 12 horas de descanso entre jornadas, que en una interna pueden bajar a 10 compensándolo, 36 horas seguidas a la semana y 30 días de vacaciones.
- Si vive en la casa: por alojamiento y comida se puede descontar como mucho el 30 % del salario, y siempre tiene que cobrar en dinero al menos el salario mínimo.
En la renta estatal no hay una deducción por contratar a una cuidadora. Algunas comunidades sí la tienen, como la Comunidad de Madrid, la Comunitat Valenciana, Bizkaia, Gipuzkoa y Álava, cada una con sus requisitos.
Guía completa: cuánto cuesta contratar a una cuidadora
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¿La ayuda a domicilio es gratis?
Depende de dónde viva tu familiar y de sus ingresos. No hay un precio estatal. Por ejemplo, la ciudad de València decidió en 2025 dejar de cobrarla, y en los municipios de la Comunidad de Madrid fuera de la capital no se paga si la capacidad económica no pasa de 600 € al mes. En Bilbao, en cambio, todo el mundo paga al menos el 3 % del coste de la hora.
¿Hace falta tener grado de dependencia?
En general, no. Los servicios sociales del ayuntamiento pueden darla tras valorar la situación, aunque con menos horas que con grado. Algunos ayuntamientos piden que antes se haya solicitado la valoración de la dependencia, como Bilbao, o que se tenga ya el grado, como Toledo.
¿Pueden venir solo a limpiar?
Con grado de dependencia, normalmente no. Las tareas de la casa se dan junto con la atención personal, salvo que el PIA justifique lo contrario. Sin grado depende del ayuntamiento, porque cada uno decide qué tareas cubre.
¿Viene los fines de semana?
Depende del sitio. En Castilla-La Mancha, la ayuda básica es de lunes a sábado y los domingos solo se cubren el aseo, el vestido y la movilización. En Donostia y en la ciudad de Madrid funciona todos los días de 7 a 22 horas.
¿Qué pasa si hay lista de espera?
Con grado II o III, la ley pide que mientras no haya plaza se dé de forma transitoria otro servicio o una ayuda económica. Una de ellas es la prestación vinculada al servicio, para pagar a una empresa acreditada.
¿Se puede tener a la vez que la teleasistencia?
Sí. Desde el 23 de octubre de 2026, la teleasistencia es un derecho en cualquier grado y se suma al resto de servicios del PIA.
Fuentes
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (texto consolidado, arts. 14, 22, 23, 28, 32 bis y 33). Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
- Ley 4/2026, de 1 de octubre, que reforma la Ley 39/2006 (disposición adicional vigesimoprimera sobre compatibilidades). Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
- Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (texto consolidado, art. 8 y anexo II). Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
- Real Decreto 675/2023, de 18 de julio, que modifica las intensidades del servicio de ayuda a domicilio. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
- Catálogo de Referencia de Servicios Sociales (Resolución de 23 de abril de 2013), prestación 1.2 A, ayuda a domicilio. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
- Información estadística del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia a 30 de septiembre de 2026. Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso)
- Serveis socials bàsics. Generalitat de Catalunya, Departament de Drets Socials
- Proposta de preus públics del servei d'atenció domiciliària (SAD). Ajuntament de Barcelona
- Servicio de ayuda a domicilio (dependencia). Generalitat Valenciana, Conselleria de Servicios Sociales
- El Pleno aprueba las ordenanzas fiscales de 2026: derogación del precio público de la ayuda a domicilio. Ajuntament de València
- Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León (texto consolidado, arts. 45, 48 y 111). Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
- Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, prestaciones del sistema de dependencia en Castilla y León (versión vigente desde el 30 de diciembre de 2025). Junta de Castilla y León, Servicios Sociales
- Ayuda a domicilio. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Bienestar Social
- Orden 41/2024, de 21 de marzo, que modifica la financiación de la ayuda a domicilio en los convenios con las entidades locales. Diario Oficial de Castilla-La Mancha
- Decreto 71/2024, de 22 de octubre, que modifica el Decreto 3/2016 sobre intensidades y compatibilidades. Diario Oficial de Castilla-La Mancha
- Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de cartera de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Boletín Oficial del País Vasco
- Servicio de ayuda a domicilio. Ayuntamiento de Bilbao
- Ordenanzas fiscales y precios públicos 2026 (apartado 8.3, ayuda a domicilio). Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
- Precios públicos, anexo a regir desde el 1 de enero de 2026 (servicio de ayuda a domicilio). Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián
- Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, de cotización a la Seguridad Social para 2026 (arts. 15, 16 y 35). Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
- Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
- Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo de las personas trabajadoras al servicio del hogar. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
- Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas y bajas en la Seguridad Social (art. 32). Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
- Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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